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Ingerencia de USA por extradición de dominicanos
Cámara Penal SCJ rechaza presión de USA por extradición de dominicanos reclamados por justicia norteamericana
La Suprema Corte de Justicia reivindicó hoy ante la Embajada de Estados Unidos el derecho que tiene de autorizar o no las extradiciones de dominicanos reclamados por la justicia estadounidense.
La posición del tribunal está expresada en una comunicación de los jueces Hugo Alvarez Valencia, Julio Ibarra Ríos, Dulce María de Goris, Edgar Hernández Mejía y Víctor José Castellanos, integrantes de la Cámara Penal, en respuesta a una nota diplomática de protesta que el Gobierno de Estados Unidos envió al dominicano por el rechazo de la extradición de Juan Alberto Astwood Burgos, acusado de homicidio en Nueva York.
La queja del Gobierno de Estados Unidos está contenida en una comunicación que el embajador Robert Fannin envió el 20 de junio al presidente de la Suprema Corte, doctor Jorge Subero Isa, informándolo de la nota de protesta.
Fannin ponía a Subero Isa en conocimiento de la nota diplomática de protesta 124, que su Gobierno envió al dominicano a través de la Cancillería, cuestionando la interpretación que los jueces de la Cámara Penal hicieron del tratado de extradición de 1909 para rechazar la extradición de Astwood Burgos.
Las autoridades de Estados Unidos reprochan específicamente la interpretación que los jueces hicieron al artículo V del Tratado. Piden que eso se corrija y no vuelva a ocurrir en el futuro.
“Como bien explica la Nota 124, nuestra posición es que la Cámara Penal obvió las disposiciones del Tratado de Extradición de 1909 al tomar su decisión, a la vez que esperamos que las demás sentencias respeten el Artículo V del Tratado en apego al espíritu de reciprocidad que rige nuestras relaciones de extradición y a los términos del Tratado de Extradición entre nuestros países”, dice la comunicación del embajador.
Los jueces de la Cámara Penal enrostran al embajador que tal reciprocidad no ha sido cumplida del lado estadounidense en 100 años que tiene vigente el Tratado.
La nota diplomática fue entregada a finales de junio, pero fue este lunes cuando se tuvo conocimiento de su existencia.
Cristhian Jiménez la leyó en el programa “Hoy Mismo”, de Color Visión, Canal 9l. Los textos de las comunicaciones se publican en la página 18.
En respuesta a la queja del Gobierno de Estados Unidos, los cinco jueces de la Cámara Penal, vía el doctor Subero Isa, remitieron el 8 de este mes otra comunicación al embajador Fannin, en la que reivindican la dignidad y la independencia del Poder Judicial en lo que respecta a las extradiciones.
Los jueces dijeron estar sorprendidos por los términos de la carta del diplomático, por entender que “en ella subyace no sólo un acerbo reproche, sino una admonición para que no volvamos a repetir lo que usted entiende fue una mala aplicación de la norma legal”.
Recordaron que en esa Cámara ha sido una constante acceder a las solicitudes de extradición de Estados Unidos, “siempre y cuando éstas se configuren dentro del más estricto marco de legalidad y no entrañen desconocimiento del poder soberano de decisión de nuestro aparato judicial, conforme instituye el artículo 3 de la Constitución de la República Dominicana”.
“No es ocioso, señor Embajador, recordarle que el artículo VIII del Tratado de Extradición celebrado entre nuestras naciones, expresa: “Ninguna de las partes contratantes aquí citadas están obligadas a entregar a sus propios ciudadanos o súbditos en virtud de las estipulaciones de este Convenio”.
Destacaron que de ese texto se han prevalido los jueces norteamericanos para no extraditar sus nacionales en casi 100 años de la vigencia del referido tratado.
Resaltaron que, en cambio, la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia, desde que entró en vigor el Código Penal que judicializó ese trámite, ha dictado sentencias de extradición en relación a 23 dominicanos, “aceptando las solicitudes que sus autoridades penales nos han formulado y 59 ciudadanos se han ido voluntariamente después de esta Cámara Penal haber dictado órdenes de prisión en su contra, todo lo cual ha sido posible por la buena fundamentación de las respectivas solicitudes de extradición”. Más en: www.elnacional.com.do